top of page

L-1A y L-1B Transferente ejecutivo, gerente o empleado de conocimiento especializado dentro de la empresa

Visa L-1A. La clasificación de no inmigrante L-1A le permite a un empleador de EE. UU. Transferir a un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en los EE. UU. Esta clasificación también permite a una compañía extranjera que aún no tiene una oficina afiliada de EE. UU. ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de establecer uno.

Para calificar para la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador debe:

 

  • Tener una relación calificada (una participación mayoritaria en ambas compañías) con una compañía extranjera (compañía matriz, sucursal, subsidiaria o afiliada, denominadas colectivamente organizaciones calificadas ); y

  • Actualmente estará, o estará, haciendo negocios como empleador en los EE. UU. Y en al menos otro país directamente o a través de una organización calificada por la duración de la estadía del beneficiario en los EE. UU. Como L-1. Si bien el negocio debe ser viable, no es necesario que se dedique al comercio internacional.

 

Hacer negocios significa la provisión regular, sistemática y continua de bienes y / o servicios por parte de una organización calificada y no incluye la mera presencia de un agente u oficina de la organización calificada en los Estados Unidos y en el extranjero.

 

Para calificar, cada empleado nombrado también debe:

 

  • Ha estado trabajando para la organización calificada extranjera en el extranjero durante un año continuo dentro de los tres años inmediatamente anteriores a su admisión en los Estados Unidos; y

  • Estar buscando ingresar a los EE. UU. Para proporcionar servicio en una capacidad ejecutiva o gerencial para una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones calificadas

 

La capacidad ejecutiva generalmente se refiere a la capacidad del empleado para tomar decisiones de amplia libertad sin mucha supervisión.

 

La capacidad gerencial generalmente se refiere a la capacidad del empleado para supervisar y controlar el trabajo de los empleados profesionales y para administrar la organización, o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización. También puede referirse a la capacidad del empleado para gestionar una función esencial de la organización a un alto nivel, sin supervisión directa de los demás.

 

Visa L-1B. La clasificación de no inmigrante L-1B permite a un empleador estadounidense transferir a un empleado profesional con conocimiento especializado relacionado con los intereses de la organización desde una de sus oficinas extranjeras afiliadas a su oficina en los Estados Unidos.

 

Para calificar para la clasificación L-1 en esta categoría, el empleado debe tener las mismas calificaciones de las reglas L-1A anteriores, pero también debe estar tratando de ingresar a los EE. UU. Para proporcionar servicios en una capacidad de conocimiento especializado a una sucursal del mismo empleador o una de sus organizaciones calificadas.

 

Conocimiento especializado significa conocimiento especial que posee una persona del producto, servicio, investigación, equipo, técnicas, administración u otros intereses de la organización solicitante y su aplicación en los mercados internacionales, o un nivel avanzado de conocimiento o experiencia en los procesos de la organización. Puede haber ciertas personas que tendrán los conocimientos específicos y necesarios relacionados con los equipos y procesos de la línea de producción que utilizará la Compañía.

 

Nuevas oficinas. Para los empleadores extranjeros que buscan enviar a un empleado a los Estados Unidos como ejecutivo o gerente para establecer una nueva oficina, el empleador también debe demostrar que:

 

  • El empleador ha asegurado suficientes locales físicos para albergar la nueva oficina;

  • El empleado ha estado empleado como ejecutivo o gerente por un año continuo en los tres años anteriores a la presentación de la petición; y

  • La oficina de EE. UU. Prevista respaldará un puesto ejecutivo o gerencial dentro del año posterior a la aprobación de la petición.

 

Periodo de estancia. A los empleados calificados que ingresen a los EE. UU. Para establecer una nueva oficina se les permitirá una estadía inicial máxima de un año (que se puede extender). A todos los demás empleados calificados se les permitirá una estadía inicial máxima de tres años (que también se puede extender). Para todos los empleados L-1A, las solicitudes de extensión de estadía pueden otorgarse en incrementos de hasta dos años adicionales, hasta que el empleado haya alcanzado el límite máximo de siete años.

 

Familia de trabajadores L-1. El empleado transferido puede estar acompañado o seguido por su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años. Dichos familiares pueden solicitar la admisión en la clasificación de no inmigrantes L-2 y, si se aprueba, generalmente se les otorgará el mismo período de estadía que el empleado.

 

Extender / Cambiar estado. Si estos miembros de la familia ya están en los EE. UU. Y buscan un cambio de estado o una extensión de la estadía en la clasificación L-2, pueden solicitarlo.

 

Esposos. Los cónyuges de los trabajadores L-1 pueden solicitar autorización de trabajo. Si se aprueba, no hay restricciones específicas sobre dónde puede trabajar el cónyuge L-2.

 

 

bottom of page