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EXENCIÓN DE INTERÉS NACIONAL DE SEGUNDA PREFERENCIA

Puede ser elegible para una visa de segunda preferencia basada en el empleo si es miembro de las profesiones que poseen un título avanzado o su equivalente, o un ciudadano extranjero que tiene una capacidad excepcional. A continuación se encuentran las categorías y requisitos ocupacionales:

 

Criterio de elegibilidad

* Criterios

  • Expediente académico oficial que demuestre que tiene un título, diploma, certificado o premio similar de un colegio, universidad, escuela u otra institución de aprendizaje relacionada con su área de habilidad excepcional

  • Cartas que documentan al menos 10 años de experiencia a tiempo completo en su ocupación

  • Una licencia para ejercer su profesión o certificación para su profesión u ocupación

  • Evidencia de que ha mandado un salario u otra remuneración por servicios que demuestren su habilidad excepcional

  • Membresía en una (s) asociación (es) profesional (es)

  • Reconocimiento por sus logros y contribuciones significativas a su industria o campo por parte de sus colegas, entidades gubernamentales, organizaciones profesionales o comerciales.

  • Otra evidencia comparable de elegibilidad también es aceptable

 

Nota: Las peticiones de segunda preferencia basadas en el empleo generalmente deben ir acompañadas de una certificación laboral individual aprobada del Departamento de Trabajo en el Formulario ETA-750. Consulte la página de "Certificación de trabajo extranjero" del Departamento de Trabajo para obtener más información.

 

Para calificar para una visa EB-2, su empleador debe presentar un Formulario I-140, Petición para Trabajador Extranjero. Para obtener más información sobre la presentación, consulte la página "Formularios" .

 

Familia de titulares de visas EB-2

Su cónyuge e hijos menores de 21 años pueden ser admitidos en los Estados Unidos en estado de inmigrante E-21 y E-22, respectivamente. Durante el proceso en el que usted y su cónyuge solicitan el estado de residente permanente (estado como titular de una tarjeta verde), su cónyuge es elegible para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD).

 

 

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